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FUJIMORI ACEPTA HECHOS, PERO NO RESPONSABILIDAD PENAL EN CASO “15 MILLONES”
 
 
Fecha publicación
13/07/2009
 
Sede Judicial
CORTE SUPREMA
 
Esta relacionada con
Caso Fujimori
 
 
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Tribunal podría dictar sentencia este viernes.

Sala autorizó traslado de acusado al INEN.

La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia aceptó hoy la conformidad limitada relativa presentada por el ex presidente Alberto Fujimori, respecto al proceso seguido en su contra por el pago de una indemnización de 15 millones de dólares a su ex asesor Vladimiro Montesinos como Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

El Tribunal presidido por el Juez Supremo César San Martín e integrado por los doctores Víctor Prado Saldarriaga y Sócrates Zevallos Soto, adoptó esta decisión  de acuerdo con lo señalado en el artículo 5, inciso 3º de la Ley 28122, de Conclusión Anticipada del Proceso.

Previamente, el colegiado preguntó al acusado si aceptaba ser autor o partícipe del delito materia de la acusación  y responsable de la reparación civil, Fujimori dijo que lo admitía parcialmente.

"Expreso conformidad limitada relativa con la acusación y la pretensión alternativa de la parte civil. Acepto los hechos, no acepto la responsabilidad penal, la pena ni la reparación civil", anotó.

De inmediato,  la Sala solicitó al abogado del acusado los argumentos que justifican la conformidad limitada relativa de su patrocinado y la relación de documentos que debían leerse.

César Nakazaki consideró que el ex presidente no puede ser condenado por peculado porque el dinero utilizado para pagar al ex asesor se restituyó al Estado, no puede ser condenado por falsedad ideológica porque el D.U. 081-2000 fue dictado en su condición de Presidente de la República y la reparación civil no procede porque los 15 millones de dólares regresaron al erario nacional y no generaron un daño civil indemnizatorio.

Enseguida, se "oralizaron" tres bloques de documentos de carácter administrativo que buscaron demostrar que los 15 millones de dólares revertieron al Estado.

La Fiscalía considera que Fujimori es responsable de los delitos de peculado y falsedad ideológica y debe pagar una reparación civil de dos millones de soles a favor del Estado.

En el resumen de la acusación ? leida esta mañana por el doctor Avelino Guillén ? el Ministerio Público sostuvo que el propio ex mandatario negoció de manera directa el pago de una CTS a Montesinos por el trabajo que realizó entre 1990 y el 2000, y porque luego del video del soborno al congresista Alberto Kouri, su estancia en el gobierno era insostenible.

El video donde se apreció el hecho doloso "formó parte de la operación de reclutamiento de congresistas tránsfugas por orden de Alberto Fujimori, se suscribían documentos y luego se entregaba el dinero", afirmó.

Refirió, además, que el acusado expidió el 19 de septiembre del 2000, el Decreto de Urgencia Nº 081 con el fin de transferir recursos financieros de las Fuerzas Armadas por un total de 69 millones 597 mil 810 soles para ejecutar el denominado Plan Soberanía, que debía acabar con una organización internacional clandestina de triangulación de armas que abastecía a las FARC de Colombia.

"Se ha demostrado que dicho plan fue un invento para justificar la salida de dinero del Estado para pagar a Montesinos", aseveró.

La audiencia se suspendió cerca de las 13:00 horas por problemas en la presión arterial de Fujimori, por lo que la Sala ? en coordinación con el Instituto de Medicina Legal - autorizó su inmediato traslado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) para el chequeo correspondiente.

Como ocurrió en el juicio anterior, el IML debe velar porque una vez se practique los exámenes médicos al acusado, este retorne a la brevedad a la   DIROES, donde se programó la siguiente audiencia para el miércoles, a las 09:00 horras.
 
El doctor César San Martín  hizo una invocación para que ambas partes tengan preparados sus alegatos finales para que la Sala pueda dictar sentencia el próximo viernes.

Lima, 13 de julio de 2009
DIRECCIÓN DE IMAGEN Y PRENSA DEL PODER JUDICIAL

 
 
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