DECLARAR de oficio, la nulidad del otorgamiento de la Buena Pro del proceso de Adjudicación Directa Selectiva N° 002-2008-CJ.JAQG.GCJ.GG/PJ – 1° convocatoria, que tiene como objeto la contratación del “Servicio de remodelación del ambiente del dormitorio del Programa II del Centro Juvenil José Quiñones Gonzáles de Chiclayo”, llevado a cabo por el Comité Especial Permanente del mencionado Centro Juvenil, retrotrayéndolo a la etapa de convocatoria previa reformulación de Bases, por los considerandos precedentemente expuestos.
DISPONER que la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial adopte las acciones pertinentes a fin de determinar las responsabilidades a que hubiere lugar, de los miembros del Comité Especial Permanente referido en el artículo Primero de la presente resolución, conforme a lo previsto por los artículos 24° y 47° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM.