|
|
|
1 |
Partida de nacimiento del menor original y copia.(Si tuviera partida extranjera traducida al castellano)
|
|
2 |
En caso el padre desaparecido no responda, en el plazo establecido, el Juzgado concede el permiso.
|
|
3 |
Tasa Judicial de S/. 70.00 por menor. |
|
4 |
Copia del documento de identidad del solicitante. |
|
5 |
Si el padre se encuentra ausente del país, deberá enviar un poder consular.
|
|
6 |
El apoderado (madre o padre) que se encuentre en el país, realizará el trámite para el viaje.
|
|
7 |
Si el padre ausente no envía poder consular, un familiar directo debidamente acreditado debe presentar movimiento migratorio.
|
|
8 |
Padre con paradero desconocido, el Juzgado ordena que se comunique por edictos. |
|
9 |
Juzgado solicita a Migraciones el movimiento migratorio del desaparecido. |
|
10 |
El padre tendrá para responder a los edictos, un plazo de 30 días, en caso de encontrarse en el extranjero y 15 días para el interior de país.
|
|
Consultar Procedimientos >> |
|