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1 Partida de nacimiento del menor original y copia.(Si tuviera partida extranjera traducida al castellano)
2 En caso el padre desaparecido no responda, en el plazo establecido, el Juzgado concede el permiso.
3 Tasa Judicial de S/. 70.00 por menor.
4 Copia del documento de identidad del solicitante.
5 Si el padre se encuentra ausente del país, deberá enviar un poder consular.
6 El apoderado (madre o padre) que se encuentre en el país, realizará el trámite para el viaje.
7 Si el padre ausente no envía poder consular, un familiar directo debidamente acreditado debe presentar movimiento migratorio.
8 Padre con paradero desconocido, el Juzgado ordena que se comunique por edictos.
9 Juzgado solicita a Migraciones el movimiento migratorio del desaparecido.
10 El padre tendrá para responder a los edictos, un plazo de 30 días, en caso de encontrarse en el extranjero y 15 días para el interior de país.
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