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Requisitos para: |
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1 |
Partida de nacimiento del menor original y copia.(Si tuviera partida extranjera traducida al castellano)
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2 |
En caso el padre desaparecido no responda, en el plazo establecido, el Juzgado concede el permiso.
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3 |
Tasa Judicial de S/. 70.00 por menor. |
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4 |
Copia del documento de identidad del solicitante. |
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5 |
Si el padre se encuentra ausente del país, deberá enviar un poder consular.
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6 |
El apoderado (madre o padre) que se encuentre en el país, realizará el trámite para el viaje.
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7 |
Si el padre ausente no envía poder consular, un familiar directo debidamente acreditado debe presentar movimiento migratorio.
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8 |
Padre con paradero desconocido, el Juzgado ordena que se comunique por edictos. |
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9 |
Juzgado solicita a Migraciones el movimiento migratorio del desaparecido. |
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10 |
El padre tendrá para responder a los edictos, un plazo de 30 días, en caso de encontrarse en el extranjero y 15 días para el interior de país.
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Consultar Procedimientos >> |
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Procedimientos para: |
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1 |
El responsable del menor debe presentar toda la documentación en mesa de partes de los Juzgados de Familia.
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2 |
El mismo día de la presentación del documento, el solicitante pasará una entrevista en compañia del menor, para la toma de declaraciones. |
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3 |
Los Plazos se sujetan al del proceso no contencioso |
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4 |
Nota: Sede Notarial
Si ambos padres se encuentran de acuerdo, o en caso de fallecimiento de uno de los padres o de estar reconocido el hijo por uno solo de ellos, la autorización de viaje se tramita en sede Notarial. |
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