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- Reconocimiento de la demanda:
Def. 1: Declaración de voluntad del demandado consistente en cumplir con el objeto de la pretensión materia del proceso, además de aceptar como válidos los fundamentos de hecho y de derecho expuestos en la demanda. Debe ser oportuno, incondicionado, total y expreso.
   
Av. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima - Perú
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