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Mandato: Def. 1: (Derecho Civil) Contrato por el cual una persona encarga a otra la realización de negocios u otras actividades de su interés y bajo su responsabilidad.
Def. 2: Mandato con representación: cuando, en virtud del contrato, se ejerce el encargo manifestando que es en nombre del mandante.
Mandato sin representación: cuando el mandatario, en virtud del contrato, ejerce el encargo no en nombre del mandante, sino en el
Def. 3: Documento del que se vale el mandatario para ejercer el encargo.
Contrato por el cual una persona, mandante, confiere a otra, mandatario, un poder para representarla y ejecutar, en su nombre y por su cuenta, un negocio o un acto.
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