Búsqueda avanzada    
  Inicio
  Conócenos
  Últimas noticias
  Documentos
  Fotos
  Multimedia
   Enlaces de Interés
Buzón de SugerenciasPágina de InicioMapa del SitioCorreo Poder Judicial
<< Atrás
PODER JUDICIAL DEVOLVERÁ ACUSACIÓN FISCAL DE CASO “PETROAUDIOS”

Para que subsane omisiones y haga las aclaraciones detectadas en la etapa de control jurisdiccional.    

La Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Lima detectó varias omisiones e imprecisiones en la acusación de la Fiscalía Superior contra los procesados en el caso ?Petroaudios?, razón por la cual dispuso que se devuelva el expediente para las subsanaciones y aclaraciones respectivas.

Del análisis del dictamen fiscal, la Sala encontró que los fundamentos de hecho o relato de los hechos para los acusados son ambiguos y desordenados. Es más, indica, que contiene dos extremos, uno acusatorio y otro no acusatorio. Además, advierte que la acusación no precisa con exactitud la imputación concreta para cada uno de los acusados y su valoración en forma individual.

También expresa  que no define en forma debida ni menciona adecuadamente el conjunto de las circunstancias de la responsabilidad penal necesarias para la individualización fáctica y jurídica del hecho imputado a cada uno de los procesados. Añade que tampoco se ha efectuado el análisis detallado en relación con el probable concurso de delitos ?conforme lo establece el 10° fundamento del Acuerdo Plenario 06-2009/CJ-116 y 12° del Acuerdo Plenario 04-2009/CJ-116? por cada uno de los acusados, debido a que no a todos se les atribuye los mismos ilícitos penales.

Fechas y delitos

El colegiado superior, asimismo, detectó fechas diversas de presunta comisión de los delitos que se les atribuye a cada uno de los encausados, por lo que la Fiscalía Superior debe precisarlas a fin de determinar su temporalidad.

Otro de los errores observados durante esta etapa de control jurisdiccional de la acusación fiscal es la variación del título de la imputación y delito distinto al atribuido en el auto apertorio de instrucción de algunos procesados.


La Sala también encontró que no se ha efectuado una valoración de la imputación que pesa sobre determinados procesados en forma individual a fin de garantizar su derecho de defensa.

El tribunal superior, igualmente, pondrá en conocimiento del representante del Ministerio Público diversas observaciones formuladas a la acusación fiscal por los abogados de los acusados.

Cabe recordar, que en este proceso judicial están encausados Rómulo León Alegría, Alberto Químper, Daniel Saba, César Gutiérrez, Fortunato Canaán, Jostein Kar Kjerstad y otros por la comisión de los presuntos delitos de cohecho propio, encubrimiento real, tráfico de influencias y otros en agravio del Estado.    

El 2 de diciembre de 2011 los autos del presente caso se enviaron a la Fiscalía. El  5 de mayo el Ministerio Público devolvió el expediente a la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte de Lima. El 15 de mayo, el tribunal superior puso los autos en conocimiento de las partes procesales.

La Unidad de Cooperación Judicial Internacional  y Extradiciones de la Fiscalía informó a la Sala Superior que el 6 de setiembre último presentó al ministerio de Relaciones Exteriores de Noruega la solicitud de asistencia judicial ? de fecha 31 de mayo de 2012 ? para que se notifique con la acusación fiscal al tercero civil responsable Discover Petroleum As.          

Lima, 20 de octubre de 2012
OFICINA DE IMAGEN Y
 Imprimir
 Exportar


Le invitamos a leer sobre:

 INAUGURAN EN PIURA X JUEGOS NACIONALES JUDICIALES
 PODER JUDICIAL PRESENTARÁ AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PROYECTO DE LEY SOBRE REMUNERACIONES DE JUECES
 DEBATEN DESAFÍOS QUE PLANTEA PROYECTO DE CÓDIGO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
 ANULACIÓN DE SENTENCIA DE SALA PENAL PERMANENTE NO AFECTA ESTADO DE DERECHO
 
Av. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima - Perú; central telefónica 4101010
Copyright © - 2007 Todos los derechos reservados