Búsqueda avanzada    
  Inicio
  Conócenos
  Últimas noticias
  Documentos
  Fotos
  Multimedia
   Enlaces de Interés
Buzón de SugerenciasPágina de InicioMapa del SitioCorreo Poder Judicial
<< Atrás
PODER JUDICIAL DESCARTA HOMONIMIA EN EL CASO DEL CIUDADANO HALLADO MUERTO EN EL LOCAL DE LA DIVISIÓN DE REQUISITORIAS DE LA PNP

Anuncia medidas para el debido traslado de personas requisitoriadas

En relación con el caso de Fidel Carlos Arturo Castro Acuña (47), la Oficina de Prensa e Imagen del Poder Judicial comunica que en dicho proceso no hubo un problema de homonimia, sino que el mandato de detención emitido por el Juez competente tenía los datos precisos de la persona detenida, de conformidad con la información consignada en el dictamen elaborado por el Ministerio Público.

Se precisa también, que el traslado de las personas requisitorias a cargo de la Policía Nacional del Perú debe realizarse en el menor tiempo posible  a efectos de ponerlos a disposición inmediata del órgano jurisdiccional requiriente y así evitar posteriores problemas que afecten los derechos de los ciudadanos.

Con el objetivo de velar por la óptima tramitación de los procesos ante los órganos jurisdiccionales, particularmente por la oportuna atención de quienes se encuentran con orden de detención, el Poder Judicial suscribió un Convenio Interinstitucional con la División de Requisitorias de la PNP, a fin de otorgar como apoyo económico el monto de S/. 12,000.00 (Doce mil nuevos soles) mensuales a la División de Requisitorias de la PNP, a efectos, de que procedan a trasladar a las personas detenidas requisitoriadas.

No obstante y a pesar del apoyo económico brindado por el Poder Judicial, los problemas advertidos en cuanto al retraso de los traslados de detenidos requisitoriados no se han superado, por lo que en coordinación con la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y la Gerencia General del Poder Judicial, se viene trabajando en la implementación de las "audiencias virtuales para personas requisitoriadas",  medida que permitirá, en determinados casos, que las personas requisitoriadas por cualquiera de los órganos jurisdiccionales del interior país, no sean necesariamente  trasladadas, sino que puedan ponerse a disposición del órgano requiriente vía una audiencia virtual.

En ese sentido, la implementación de dicho sistema de video conferencia permitirá ahorrar costos por concepto de traslados y permitirá el cumplimiento de los plazos procesales más importantes como el de la detención;  además, contribuirá a la agilización de la actividad jurisdiccional y una mayor productividad en la resolución de los casos por parte de los órganos jurisdiccionales, todo ello en beneficio de los usuarios del servicio de justicia.

Lima, 22 de marzo de 2011

 Imprimir
 Exportar


Le invitamos a leer sobre:

 INAUGURAN EN PIURA X JUEGOS NACIONALES JUDICIALES
 PODER JUDICIAL PRESENTARÁ AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PROYECTO DE LEY SOBRE REMUNERACIONES DE JUECES
 DEBATEN DESAFÍOS QUE PLANTEA PROYECTO DE CÓDIGO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
 ANULACIÓN DE SENTENCIA DE SALA PENAL PERMANENTE NO AFECTA ESTADO DE DERECHO
 
Av. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima - Perú; central telefónica 4101010
Copyright © - 2007 Todos los derechos reservados