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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONSOLIDA DOCTRINA Y DOGMÁTICA PENAL

Afirma doctor César San Martín durante presentación de ocho acuerdos plenarios del VII Pleno Jurisdiccional Penal Supremo.

El Presidente del Poder Judicial, doctor César San Martín, recibió esta tarde en una ceremonia especial los ocho acuerdos plenarios emanados del VII Pleno Jurisdiccional en lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, de manos del Magistrado Coordinador de esa jornada, el Juez Supremo Titular doctor Víctor Prado Saldarriaga.
 
San Martín resaltó la amplia participación ciudadana en este VII Pleno a través de la presentación de  ponencias y la proposición de los temas, actividades canalizadas mediante representantes de organizaciones  o a través de la actuación en forma particular de cualquier interesado. 
 
"Con estos ocho acuerdos la Corte Suprema de Justicia en el área penal da un paso más en la consolidación de la doctrina penal y genera un cuerpo dogmático que nos va a poner siempre en la punta de la ola para una discusión entre la jurisdicción y la academia", anotó.
 
Agregó que con estos acuerdos los jueces supremos están demostrando una sincera preocupación por unificar la jurisprudencia, por mejorar la calidad de los fallos, y saber interpretar adecuadamente instituciones jurídicas complejas.
 
Refirió que los ochos temas se escogieron a partir de las propuestas de la comunidad jurídica, en los ámbitos del Derecho Penal material, del Derecho Procesal Penal y del Derecho de ejecución penal.
 
Ocho acuerdos
 
Los acuerdos plenarios aprobados se refieren al significado del valor bien mueble objeto del delito de hurto parala configuración de los agravantes previstas en el artículo 186; a las diferencias entre los delitos de trata de personas, proxenetismo y violación de la libertad sexual; o  a la duplicación de los plazos de prescripción de la acción penal en caso de terceros involucrados en la realización de delitos funcionariales en agravio del patrimonio del Estado.
 
Además se aprobaron acuerdos plenarios relativos a la motivación escrita de las resoluciones judiciales y el principio de la oralidad: necesidad y forma; a las medidas cautelares en los delitos de lavado de activos; a la valoración de la prueba en los delitos contra la libertad sexual; y a los presupuestos y oportunidad de la constitución del actor civil.
 
Finalmente, a los beneficios penitenciarios en delitos de terrorismo y criminalidad organizada.  
 
El doctor Prado Saldarriaga, por su parte, expresó que los contenidos de cada acuerdo ayudarán a los operadores del sistema penal, y a la población en general, a alcanzar mejores indicadores de eficiencia, eficacia y de predictibilidad en la solución de los casos concretos asumidos por la judicatura penal.
 
Dijo esperar que la crítica constructiva, y la valoración que hagan los especialistas, los colegios de abogados, las universidades, la comunidad jurídica y la comunidad social del país, sirvan para retroalimentar y complementar los criterios, alcances y los contenidos de cada uno de estos acuerdos.
 
Los acuerdos serán publicados en breve en la página Web del Poder Judicial, y posteriormente en un libro que será editado por el Fondo Editorial de la institución.
 
Lima, 31 de enero de 2012
OFICINA DE IMAGEN Y PRENSA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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