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JUECES TRAMITARÁN DE OFICIO CANCELACIÓN Y/O ANULACIÓN DE ANTECEDENTES POLICIALES

Presidencia de Poder Judicial observa que muchos de los antecedentes policiales siguen vigentes a pesar de que las personas cumplieron condena o fueron absueltas.  

La Presidencia del Poder Judicial estableció a través de una Resolución Circular que el trámite de anulación y/o cancelación de los antecedentes policiales será realizado de oficio por los órganos jurisdiccionales competentes, como parte del procedimiento de rehabilitación de las personas.

Asimismo, dispuso que los jueces actúen de la misma manera cuando el proceso judicial hubiera culminado con auto de sobreseimiento o sentencia absolutoria firme o cualquier otra forma de resolución judicial, que declare la extinción de la responsabilidad o el archivo de la causa.

Para tal efecto, indica la resolución, los órganos jurisdiccionales deberán remitir copia certificada de las resoluciones antes señaladas para que así se proceda a la anulación de los antecedentes policiales correspondientes.

Además, dispuso que a fin de evitar un retardo burocrático en este trámite, los órganos jurisdiccionales deben consignar los datos completos de la persona y dirigir los documentos al Jefe del Departamento de Anulación de Antecedentes Policiales de la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú, con sede en Lima, en la avenida Aramburú N° 550 ? Surquillo.

En uno de los considerandos de la resolución, la Presidencia del Poder Judicial manifiesta que se observa que muchos de los antecedentes policiales siguen vigentes, pese a que la persona cumplió su condena y/o medida de seguridad que le fue impuesta por sentencia firme.

Añade que seadvierte que existen otros casos en los que se mantienen vigentes los antecedentes judiciales de personas cuyos procesos fueron archivados o concluyeron con sentencia absolutoria.

Esta situación, añade la disposición, ocasiona una grave afectación a sus derechos fundamentales, pues al registrar este tipo de antecedentes son víctimas de arresto o detenciones por intervenciones policiales, lo que genera a su vez la interposición de numerosas demandas de hábeas corpus por detenciones arbitrarias.

Lima, 17 de agosto de 2011
DIRECCIÓN DE IMAGEN Y PRENSA DEL PODER JUDICIAL    

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