R.A Nº 200-2008-CE-PJ
|
|
Modificar el Reglamento para el Desarrollo de Concursos de selección de Personal en el Poder Judicial:
Tener un antigüedad mínima de dos (02) años de servicio ininterrumpido en la situación (no necesariamente en la misma dependencia), bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 728 (sin importar su condición contractual), así como por la locación de servicios.”
Disponer que se incorpore en las normas y/o directivas de convocatoria interna a todos los trabajadores contratados bajo el régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, así como a los locadores de servicios no personales que se encuentren cumpliendo labores de tipo permanente.
|
|
|
Fecha publicación |
25/09/2009 |
|
Sede Judicial |
LA LIBERTAD |
|
Pertenece a |
Imagen Institucional y Prensa |
|
Documento |
|
|
|
|
Tamaño: 29 Kb |
|
|
Opciones |
|
|
Imprimir |
|
Exportar |
|
|
|