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VISIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DESDE LA ORILLA EN QUE NOS ENCONTRAMOS
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Fecha publicación
27/10/2010
 
Sede Judicial
MADRE DE DIOS
 
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Institucional
 
 
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En el derecho occidentalizado  se tiene una concepción  muy precisa de lo que se denomina derechos  humanos y de la forma como se deben defender  tales derechos humanos.

En el mundo no occidentalizado o con mínima influencia del mundo occidental  se tiene  otra concepción  de los derechos humanos.

Desde la visión occidental,  la concepción de los derechos humanos parte considerando al ser humano como una unidad.

Desde la visión no occidentalizada, la concepción de los derechos   humanos parte considerando al ser humano como un elemento del grupo social.

En el mundo occidental,  el núcleo duro de los derechos humanos es  la vida y  la dignidad del ser humano como tal.

En el mundo no occidentalizado, el núcleo duro de los derechos humanos es el interés social del grupo.

Por  esa diferente  concepción de los derechos humanos, por ejemplo,   algunas etnias  o comunidades nativas de la selva peruana  imponen la pena de muerte al brujo "malero"; dicha pena es impuesta  para  que no siga haciendo daño a lo comunidad.

En el mundo occidentalizado no podría condenarse a un brujo por el sólo hecho de serlo, sino que tendría que haber actuado  con conocimiento y voluntad para modificar negativamente el mundo externo o un bien jurídico tutelado.

En razón de esa diferente visión de lo que se concibe como  derechos humanos, cuando se trata sobre temas de  interculturalidad y pluralismo jurídico debemos buscar  - a mi concepto ?  un punto de encuentro  respecto a la concepción  de los derechos humanos, y  a partir de ese momento empezar a desarrollar los alcances del artículo 149 de la Constitución Política del Perú.

La falta de la búsqueda de tal  punto de encuentro, coadyuvado  por  la ausencia de parámetros necesarios para la correcta identificación de lo que debe entenderse por  pueblos originarios (mal llamados comunidades indígenas y nativas) ha obligado  a Bolivia y a Ecuador recapacitar sobre si era correcto o no, constitucionalizar la justicia propia de los pueblos  originarios.

Si el tema no es tratado con cautela,  no haremos otra cosa que crear el espacio político necesario para que los interesados en desestabilizar  el sistema democrático, pretendan intentar  hacer realidad la  refundación del estado en América Latina, tal como  se sostiene en la obra  Refundación del Estado en América Latina  - Perspectivas desde una epistemología del Sur ? escrito por Boaventura  de Sousa Santos-Julio 2010, dándose origen también a una de las peores crisis sociales  del país, con grave perjuicio al  Poder Judicial como institución.

AUTOR:
Dr. MARINO GABRIEL CUSIMAYTA BARRETO
DNI 06253173

 
 
Av. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima - Perú
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