Búsqueda avanzada    
Página Principal
Correo
Mapa Web
  Conócenos
  Presidencia
  Sala Plena
  ODECMA
  CODECMA
 
 

Agenda:
L
M
M
J
V
S
D
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
     
       
Página de InicioMapa del SitioCorreo Poder Judicial
Detalle de la noticia
 
PRESIDENTE DE LA CORTE DE HUAURA CLAUSURÓ CEREMONIA DE VIGENCIA DE OBLIGATORIEDAD DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL
Ver Galería de fotos
 
Fecha publicación
17/09/2010
 
Sede Judicial
HUAURA
 
Esta relacionada con
Institucional
 
 
Opciones
 Imprimir
 Exportar
 
  • Desde el 01 de setiembre, en la Sede Judicial de Huacho, funciona un Módulo de Atención y Orientación para la solución de conflictos.

En el auditorio de la Casa de la Cultura, se realizó la ceremonia oficial de la vigencia de la obligatoriedad de la Conciliación Extrajudicial en la provincia de Huaura, organizado por la Dirección de Conciliación Extrajudicial del Ministerio de Justicia.

Ahora los ciudadanos de la provincia de Huaura deberán acudir a los Centros de Conciliación Extrajudicial, antes de iniciar un proceso judicial.

La Dra. Marianela Junco, Consejera Regional, inauguró la ceremonia. Por su parte el Dr. Roberto Chacaltana Escate, representante de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia, expuso los alcances de la obligatoriedad de la Conciliación Extrajudicial.

A partir del 01 de setiembre la provincia de Huaura, es Distrito Conciliatorio, por ello viene funcionando un Módulo de Orientación y Atención en la Corte de Huaura (Av. Echenique N° 898-Huacho).

La obligación de recurrir a la conciliación tiene como finalidad promover una cultura de paz, y además representa una significativa disminución de la excesiva carga procesal del Poder Judicial.

Las actas de la Conciliación Extrajudicial tienen el carácter de título ejecutivo, es decir, se puede ejecutar a nivel judicial, Las ventajas que tiene es que es sencillo, flexible, rápido y económico.

La Conciliación Extrajudicial, es una institución que se constituye como un mecanismo alternativo para la solución de conflictos, por el cual las partes acuden a un Centro de Conciliación, a fin de que un conciliador les asista en la búsqueda de una solución consensual al conflicto. Se encuentra regulada en la ley N° 26872-Ley de Conciliación, modificada por el D.L. 1070 y su Reglamento, aprobado mediante D.S. N° 014-2008-JUS y D.S. N° 006-2010-JUS.

La clausura de la ceremonia oficial la realizó el Dr. Víctor Mosqueira Neira, Presidente de laCorte Superior de Justicia de Huaura.

Las consultas se realizan en la Línea de orientación: 01-2224690 y vía correo electrónico: concilia@minjus.gob.pe.

Huacho, 17 de setiembre del 2010.

Oficina de Imagen Institucional y Prensa de la Corte Superior de Justicia de Huaura

 
 
Av. Paseo de la República S/N Palacio de Justicia, Cercado, Lima - Perú
Copyright © - 2007 Todos los derechos reservados