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Corte Superior de Justicia de Loreto, abrió instrucción penal contra alcalde de Maynas, gerente general, funcionarios y algunos regidores
 
Fecha publicación
01/09/2010
 
Sede Judicial
LORETO
 
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Institucional
 
 
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-Por los presuntos delitos de peculado, abuso de autoridad y omisión de denuncia

-En caso denunciado por el Ministerio Público sobre pagos por otorgamiento de bonos de productividad estando totalmente prohibidos.

Como es de conocimiento general, hace unas semanas se pudo conocer que el Ministerio Público optó por denunciar ante el Poder Judicial al alcalde de Maynas y otros funcionarios, al haber permitido que se hagan pagos por concepto de bonos de productividad, los mismos que aparecen como prohibidos dentro de la Ley de Presupuesto del Sector Público. La denuncia ingresó al 1er. Juzgado Penal de Maynas que despacha la Jueza María Chirinos Maruri, quien acaba de decidir que los inculpados tengan que ser sometidos a investigaciones más profundas, ordenando abrir instrucción contra los implicados.

Las investigaciones serán contra el alcalde de Maynas, Salomón Abensur, así como el gerente general, RafaelSaavedra, funcionarios y algunos regidores de la Comuna por varios presuntos delitos contra la administración pública de dicha municipalidad, como peculado, abuso de autoridad y omisión de denuncia.

En la amplia lista de citados para el mes de octubre figuran los siguientes imputados: Carlos Zegarra Seminario, Milagros Vásquez Peña, José Tafur Boullosa, Rafael Saavedra Perea, Wilmer Pinedo García, Jorge Panduro Noronha, Julia Mathews Saldaña, Otilia Collantes de Tiburcio, Golda Barba Mori, Julio Arévalo Reátegui, Doris Alván Encinas, Salomón Abensur Díaz.

La autoridad judicial indica que se ha llegado a reunir indicios razonables que evidencian que a través de Resolución de Alcaldía se aprobó la directiva 002 para otorgar bonos de productividad por concepto de movilidad y refrigerio para compensar a los trabajadores municipales.

Que en la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año fiscal 2007 (cuando ingresa Abensur Díaz), así como para los años 2008-2009-2010- se establecen prohibiciones en materia de reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones y beneficios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo y fuente de financiamiento, las mismas que deben ser acatadas por todos los pliegos presupuestarios del sector público.

No obstante ello, en enero de 2007 el alcalde mediante resolución 069 aprobó la directiva 003-2007- denominada: "Directiva para el otorgamiento de Bonos de productividad en la Municipalidad de Maynas por concepto de movilidad, refrigerio para compensar a los trabajadores municipales por la responsabilidad funcional que ostentan. Dicha resolución habría sido ejecutada sin el valor jurídico correspondiente, lo que configuraría el delito de peculado contra la administración pública.

En cuanto al gerente general, señala que habría expedido la Resolución sin haber sido previamente sometida a la aprobación del Concejo Municipal conforme a Ley. Que por lo que su conducta se califica como haber actuado en complicidad con el titular del pliego municipal de Maynas, lo que configura el presunto delito de peculado y abuso de autoridad.

Lo más grave según análisis judicial, es respecto a la resolución de alcaldía 148-2008 de fecha 28 de marzo donde el alcalde dispuso reconocer el pago por racionamiento por movilidad, incentivo de productividad en la cantidad de 173 mil soles para funcionarios y trabajadores, habiéndose girado dos cheques con comprobante de pago 1168 por el importe de 132,650 soles y en la misma fecha el cheque 649 por un importe de 40,350 nuevos soles a nombre de Óscar Arbildo Purizaga, monto cobrado y que no habría sido destinado para dicho fin.

Lo descrito entre otras situaciones poco claras en la administración pública, han llevado a que la jueza del 1er. Juzgado Penal de Maynas, abra instrucción contra Salomón Abensur Díaz, por presunto peculado y abuso de autoridad. Contra el gerente Rafael Saavedra por los mismos presuntos delitos. Contra algunos funcionarios por omisión de actos funcionales y contra los regidores mencionados líneas arriba por omisión, rehusamiento de actos funcionales y omisión de denuncia.

A todos se les ha dictado MEDIDA DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA, sujetos a reglas de conducta, como comparecer personal y obligatoriamente al juzgado cada 15 días a informar sobre sus actividades. No ausentarse del lugar de su domicilio sin previa autorización del juzgado. Con una caución de 500 soles que deberán pagar cada uno dentro de 30 días luego de la notificación.

Todo ello bajo apercibimiento de variarse la orden de comparecencia restringida por la de detención efectiva.  El actual alcalde de Maynas tendrá que acercarse a rendir su instructiva junto al gerente Rafael Saavedra y Juliana Mathews Saldaña, el 12 de octubre del presente año a las 8 y 30 de la mañana. Se solicita también se practique una pericia contable y financiera a la municipalidad en los años 2007-2008.

El 20 de octubre a las 8 y 30 de la mañana declarará el ex regidor Homero Llerena. El Procurador Anticorrupción estaría solicitando a la jueza que cambie el mandato de comparecencia por detención para el alcalde de Maynas, puesto que no ha concurrido a ninguna de las citas hechas por el Ministerio Público, para aclarar la denuncia correspondiente.

También estarán por el poder judicial Edgar Tananta Pinchi (presidente del comité de licitaciones), Marco Burga Pérez, Alfonso Guevara Chota, Wilson Ríos Babilonia, Sergio Gaviola Vásquez, Darwin Montalván Santillán, Jane Donayre Chávez (candidata por Unipol a la municipalidad de Punchana), Christian Pinasco Montenegro, Oliver Villacorta Vargas, Pedro Padilla Silva, Liz Ruiz y Eduardo Mozzo Ruiz, quien ha dicho que el alcalde ordenaba los pagos de manera verbal para algunos trabajadores.

CON EMBARGO PREVENTIVO

El mencionado Juzgado ha mandado trabar embargo preventivo en los bienes de los encausados que sean suficientes para cubrir el monto de la reparación civil que podría recaer en su oportunidad en caso de ser condenados.

 
 
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