La Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cañete, Dra. Silvia Consuelo Rueda Fernández en cumplimiento al rol de visitas administrativas realizó el día de ayer, la visita administrativa al Primer y Segundo Juzgado de Familia de Cañete, así como al Primer Juzgado Mixto de Cañete.
La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cañete, en adición a sus funciones y como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, tiene la potestad de dirigir la política interna del mismo, dictando las medidas administrativas que considere pertinente.
En ese sentido, y tal como indica la Resolución Administrativa N° 21-2010-P-CSJCÑ/PJ, donde se aprueba el Plan Anual de Visitas Administrativas para el Año Judicial 2010, se dispuso también que la Oficina de Administración de esta Corte, realice las coordinaciones pertinentes para la realización de las visitas aludidas; asimismo remita los Formatos de las Visitas debidamente llenados al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a la Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial, dentro del término de ley, con la finalidad de mantener un estricto registro y control de las actividades materia de las visitas administrativas.
La máxima autoridad judicial distrital visitó por la mañana el despacho de la Dra. María Guadalupe Gárnica Pinazo, del Primer Juzgado de Familia y al personal que labora a cargo de la citada magistrada para verificar el debido cumplimiento de las normas emanadas del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Asimismo, continúo con la visita administrativa al Segundo Juzgado de Familia, a cargo del Dr. Ángel Polanco Tintaya, a fin de verificar el ambiente, mobiliario, carga procesal existente y reclamos que se pudieran presentar con el fin de mejorar el servicio a favor de los justiciables. Por la tarde, la Presidenta, visitó el Primer Juzgado Mixto a cargo de la Dra. María de los Milagros Luyo Sánchez, absolviendo las necesidades materiales que el Juzgado requería.
La Ley Orgánica del Poder Judicial en los numerales 3 y 4 del artículo 90 establece las atribuciones y obligaciones del Presidente de la Corte Superior de Justicia; asimismo en el artículo 102 de la referida Ley, se determina que la Oficina de Control de la Magistratura es el órgano que tiene por función investigar regularmente la conducta funcional, idoneidad y el desempeño de Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales, dispositivo legal concordante con los artículos 108 y 110 de la acotada norma, que establecen que la gestión administrativa, económica y financiera del Poder Judicial está sometida al Control de la Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Control.
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